"... UN LLAMADO A LA MEMORIA, POR AQUELLOS QUE NOS PRECEDIERON... Y SE ATREVIERON A DECIR: ACÁ ESTAMOS... NUNCA LOS OLVIDEMOS"
Artículo 14.
Todos los habitantes de la Nación gozan de los siguientes derechos conforme a las leyes que reglamenten su ejercicio; a saber: de trabajar y ejercer toda industria lícita (...)
Artículo 14 bis.
El trabajo en sus diversas formas gozará de la protección de las leyes, las que asegurarán al trabajador: condiciones dignas y equitativas de labor; jornada limitada; descanso y vacaciones pagados; retribución justa; salario mínimo vital móvil; igual remuneración por igual tarea (...)
"El TRABAJO ES EL PRINCIPAL MEDIO PARA OBTENER LOS RECURSOS ECONÓMICOS NECESARIOS PARA LA VIDA Y OCUPA UNA PARTE ESENCIAL EN LA TRAYECTORIA DE LAS PERSONAS"
J. ROSEMBERG
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